Es auspicioso sin duda, que gran parte del sector TICs dedicado al tema de los servicios 2.0 en la UE y los EEUU estén formulando una verdadera ola con post, documentos, declaraciones y teorías con el objeto de institucionalizar estos instrumentos en la gestión pública.

La Open Declaration es uno de estos documentos que intentan alertar su necesidad, nosotros intentamos nuestro aporte:  The fiftth principle y apoyando el cuarto principio expresado por Andrés.

En neocivis solemos utilizar el término Social Government refiriéndolos al conjunto de estos instrumentos, creemos que es más correcto hablar de un gobierno social dadas las circunstancias de evolución de esta transición hacia la sociedad de la información.

Se trata de algo más que una cuestión semántica, más bien un desmarque de la ideología doscerista que circunda la mayoría de organizaciones alrededor de la aplicación TICs al gobierno electrónico, y que suma además confusiones entre eGobierno y eAdminstración, producto de improvisaciones por parte de actores, políticos y medios, cuando no de improvisados culminando en visiones de gobernanza estrecha

Los ingredientes del gobierno electrónico continúan en el sendero imperecedero de su condición social, en línea con lo expuesto en la carta Iberoamericana 2007, y del que los actores en la UE podría extraer excelentes argumentos a los ya expuestos en algunos documentos.

Los servicios de las administraciones públicas, que como digimos, un sector importante de adherentes de la NGP denomina 2.0, constituyen una parte del gobierno electrónico limitado en el concepto de eAdministración, y destinados bajo este supuesto a usuarios.

La apertura de nuevos canales, resulta un avence significativo para disminuir las asimetrías de información entre las administraciones y sus usuarios finales, produciendo por tanto un mayor grado de transparencia por incrementos de posibilidades de accesos, y por consiguiente mayores niveles de participación.

Sin embargo, en 2009 y con una madurez del medio, 30 años de experiencia en las transacciones, es posible que los documentos y declaraciones tengan un punto de partida obsoleto al omitir la inclusión digital entre sus objetivos prioritarios.

Europa es parte del 70% de conexiones a internet mundial con el 15% de la población mundial. Pensar en eAdministración sin inclusión digital será reducir aún más ese 15% de acceso, recordando que la penetración es del 48%, 50% no accede, y de ese 50% habría que discriminar con mayores certezas los hábitos de uso en cuanto a la interacción Ciudadanos-AAPP.


La mensión de Inclusión Digital es al menos  necesaria


800 millones de ciudadanos y 489 millones de conexiones a la red, un índice sin duda positivo pero insuficiente para una eAdministración 2.0 que cumpla con la carta de derechos de la UE, en especial su artículo 11 Libertad de Expresión e Información, Artículo 20 y 21 capítulo II Igualdad ante la ley, me animo a decir el artículo 36 en cuanto “interés económico general y al art. 41 (incluida la totalidad de incisos) en cuanto a una buena administración.


La inclusión digital es un requisito prioritario si hablamos del Open Government para alcanzar un consenso en apuestas de eServicios, dada las importantes asimetrías entre países que no alcanzan la media en calidad y conectividad en el interior de la Unión.

Estos argumentos intentan respaldar nuestra propuesta, ya que en conjunto, quienes hablamos de algún modo de servicios, AAPP, eGovernment y gobierno abierto, no podemos dejar de mensionar la inclusión digital cuando Internet alcanza solo a un 22% de ka población mundial.

Bookmark and Share
Comparte y Distribuye
  • Print
  • Digg
  • Sphinn
  • del.icio.us
  • Facebook
  • Mixx
  • Google Bookmarks
  • Blogplay
  • Bitacoras.com
  • LinkedIn
  • Meneame
  • Wikio
  • Yahoo! Bookmarks
  • Yigg

Post to Twitter Tweet This Post

Puede que te interese...

8 Responses to “La inclusión social, el 2.0, y las Administraciones Públicas en la UE”

  1. Bonito, lo de Social Governmebt, pero no se si añade más lío. No obstante, estoy de acuerdo en que no es lo mismo Administración 2.0 que Gobierno Electrónico. El segundo ha de ser una ayuda para el primero.

  2. admin dice:

    Estimado Andrés, es un placer escuchar su comentario, es como una poesía en medio de una urdimbre de letras que no recuerdan precisamente esos conceptos. Que satisfacción es poder leerle y saber que no gritamos en el desierto…

    Saludos
    Gustavo
    neocivis.es

  3. [...] This post was mentioned on Twitter by gencat_cat and eGobierno, eGobierno. eGobierno said: inclusión y Open Declaration http://bit.ly/41E2YJ #oGov [...]

  4. [...] que ponen en cuestionamiento la propia teoría y práctica de quienes apuestan por servicios de social government, y además pretenden convencernos de que la proximidad es per se añadida. Nada más alejado de la [...]

  5. [...] línea con el tratado que EEUU motoriza con Japón, Canadá y Corea del Sur, que también chocan la Carta Iberoamericana 2007, y que parece no será un muro para flexibilizar aún más los derechos a la [...]

  6. [...] choque entre derechos y voluntad de inclusión, que eleva unos por sobre los jerárquicamente superiores, produce un desequilibrio fundamental en [...]

  7. [...] como medio tenga ser sometida a algún tipo de legislación. En tanto la normativa sigue su curso sin incluir algunas circunstancias, o sin interesar demasiado, en definitiva la confianza es [...]

  8. : neocivis dice:

    [...] en que no hay liderazgos, o bien que la lectura de la realidad política es escasa en la UE, no se enfrenta con rigor la crisis, no la económica, que es un accesorio de la principal, la política, la [...]

Leave a Reply